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Auxilio y Remolque

Si es socio de Touring, tenga la seguridad y la tranquilidad que lo auxiliaremos a Ud. a o su familia, donde quiera que estén, sin importar en que vehículo se encuentren.

 

Nuestro servicio de auxilio mecánico incluye:

Cobertura en todo el país las 24 hs del día, todos los días del año.

El mismo cuenta con los servicios de:

  1. Acople de batería.
  2. Cambio de ruedas.
  3. Reposición de aire a neumáticos.
  4. Servicio de remolque con grúas convencionales.
  5. Servicio de remolque con grúas plataformas.
  6. Desatascamiento para vehículos 4 x 4.
  7. Servicio de provisión de combustible (no incluye pago de combustible).


Flota de vehículos:

  • Camionetas
  • Motos para servicios mecánicos rápidos
  • Grúas convencionales
  • Grúas plataformas deslizantes

Cobertura:

  • El servicio cubre al socio y a los vehículos del mismo.
  • Puede ser proporcionado con autorización del socio si el vehículo que requiere del servicio está siendo conducido por otra persona  (familiar, amigo, chofer, etc.)
  • El mismo será proporcionado en toda la región del País las 24 hs.
  • El servicio no posee costo dentro de los 15 kms del Radio Urbano.
  • A partir de los 15 kms del Radio Urbano, se cobrará un adicional por kilometraje.

Bases y condiciones del servicio:

1º artículo: Los servicios de Auxilio y Remolque se prestan a los socios y al automóvil que en ese momento esté utilizando.

2º artículo: A los efectos de la presente reglamentación, se considerarán también como automóviles los geeps y camionetas en sus distintos tipos, toda vez que su capacidad de transporte de carga no exceda los 1.500 kilos de peso que se hallen encuadrados dentro del anunciado artículo 1º.

3º artículo: Los servicios establecidos en los artículos 1º y 2º se limitan a operaciones de auxilio de emergencia, por lo que solo se prestarán cuando el vehículo para el cual se solicita el servicio, no pueda trasladarse por sus propios medios, ya sea por causas de fallas, roturas y/o accidentes (ver artículo 16º).
En los casos de falta de aire en uno o más neumáticos, el servicio se limita exclusivamente a la reposición del aire o al cambio de los neumáticos, por las denominadas ruedas de auxilio.
De no solucionarse el ambiente, el vehículo deberá ser remolcado hasta la gomería más cercana, y en el caso de la falta de combustible hasta el puesto de abastecimiento más cercano, pero en ningún caso el vehículo de auxilio (grúa), podrá ser utilizado como medio de transporte para llevar y/o traer ruedas de recambio o combustible; para éste fin el club cuenta con vehículos de auxilio rápido.

4º artículo: Para la utilización de los servicios de auxilio mecánico y/o remolque, los asociados de la institución deberán estar al día con la cuota social y presentar su carné o en su defecto su cédula de identidad. Los socios de entidades similares extranjeras deberán presentar su carné de socio y el recibo de último pago de las cuotas.

5º artículo: Cuando no pudiere dar cumplimiento a los dispuesto en el artículo anterior, solo le serán prestados los servicios previo pago del equivalente a tres cuotas sociales. Este importe será acreditado inmediatamente al socio como parte de pago de sus cuotas sociales.

6º artículo: El asociado tiene derecho a la prestación gratuita del servicio de auxilio mecánico y/o remolque, de acuerdo a la siguiente reglamentación: En el Gran Asunción el área de prestación gratuita del servicio comprenderá hasta 15 km a la redonda de la BASE Asunción (TACPy).
En los puestos de BASE del interior de la República la prestación gratuita comprenderá 10 km a la redonda de cada uno de ellos.
El auxilio que se solicita para ser prestado a una distancia mayor que la expresada, será considerada SERVICIO DE LARGA DISTANCIA y quedará sujeta al pago de las tarifas especiales establecidas por el Club por el excedente de kilometraje remolcado, el pago por peaje y hospedaje si es que lo hubiere será por cuenta del socio. Los gastos de combustible y viatico del conductor serán absorbidos por el club.

7º artículo: Los socios tendrán derecho a la utilización de los servicios gratuitos de auxilio mecánico y/o remolque prestados por el Club, hasta un máximo de 10 veces al año. Todo servicio que sobrepasa el cupo anual se cobrará de acuerdo a la tarifa vigente.

8º artículo: La prestación de cualquiera de los servicios ofrecidos por el Club, será solicitada en su Sede Central y al Departamento que corresponda, como así también, podrán ser solicitados en las filiales que la institución posea.
En todos los casos, es obligación del socio ofrecer la mayor cantidad de datos posibles, de acuerdo al servicio solicitado. Por ejemplo:
- Nombre, apellido y número del socio.
- Fecha de nacimiento.
- Número de cédula de identidad.
- Lugar donde se encuentra el vehículo y todos los detalles que permitan ubicarlo sin dificultad.
- Marca, modelo, color y número de patente del vehículo. Sin este último requisito no se hará el servicio.
- Número telefónico desde donde se solicito el servicio u otro contacto telefónico.
Muchas veces los desperfectos se producen en lugares donde el socio puede desconocer el nombre de las calles, por esa razón solicitamos una serie de datos para encontrar más fácilmente el vehículo como ser marca, color, numero de patente que son esenciales para ese menester y no debería ser molestia por parte del socio.

9º artículo: El aociado o a la persona designada por él, firmará en todos los casos y sin excepción la boleta correspondiente al servicio solicitado, expresando su conformidad o no con la aclaración del nombre del firmante y nro. de documento de identidad, cuyo original le será entregado para su control.
En caso de ser de su entera satisfacción el servicio realizado, se dará por cumplido el mismo, y por lo tanto, el Club no reconocerá ningún reclamo que se efectuare posteriormente.

10º artículo: En los casos de remolque, el asociado o a la persona designada por él, deberá acompañar al conductor del auxilio mecánico desde la iniciación del servicio hasta la finalización; si esto no es posible, el Club no se hace responsable por pérdidas o extravíos de elementos que se encontraren dentro del vehículo. La responsabilidad de los servicios de remolque comienzan y finalizan en la vía pública, en el caso que el asociado desee que su vehículo sea introducido en patios, garajes, playas de estacionamiento o talleres mecánicos, la responsabilidad será única y exclusivamente del mismo, no reconociendo el Club ningún tipo de perjuicios o daños ocasionados por estas maniobras.
Esta exigencia se debe a que los móviles, sean grúas o plataformas por sus características propias de largo, ancho y alto no permiten, muchas veces, maniobrar con seguridad en esos sitios.

11º artículo: Cuando el socio solicitante del servicio no pudiera aguardar o acompañárlo, deberá dejar constancia de la persona que queda autorizada por él a recibir en su nombre el servicio y a firmar la boleta con su correspondiente aclaración de firma y nro. de cédula de identidad.

12º artículo: El asociado o su representante deberá acompañar al conductor desde la Sede del Club o desde cualquier punto intermedio entre ésta y el lugar donde se encuentra el vehículo a auxiliar, toda vez que sea dentro del itinerario establecido para el auxilio; en ningún caso el conductor podrá cambiar dicho itinerario para buscar al socio o su representante, para acompañar al servicio de auxilio.

13º artículo: El asociado o ninguna otra persona podrán viajar en el interior del coche traído remolcado con grúa o plataforma.

14º artículo: Cuando se trate de vehículos accidentados por choque, para proceder a remolcar éstos, ya sea en la vía pública o dependencia policial o judicial, el socio deberá contar con la autorización pertinente por escrito.

15º artículo: El tiempo de espera de la unidad de auxilio en el lugar donde se encuentra el vehículo a remolcar o auxiliar, no podrá exceder más de lo estrictamente necesario para realizar las conecciones para remolque y/o acople de batería o cambio de neumáticos.

16º artículo: Los servicios que se indican a continuación solo serán efectuados en horas que no afecten la normal prestación del servicio de auxilio y remolque de urgencia en la vía pública y dentro de la mayor brevedad posible:
- Traslado de vehículos total o parcialmente destrosados.
- Traslado de vehículos incompletos.
- Traslado de vehículos de un taller a otro.
- Traslado de vehículos de puertos aduaneros.
Se aclara que el servicio de traslado desde el puerto aduanero se solicitará cuando el socio tenga la certeza de que la documentación ha sido completada. Si a la llegada al puerto aduanero no puede ser retirado el vehículo, tras la espera de 20 minutos, el móvil del TACPy será derivado a otro servicio pendiente.
Se considera "Servicio de Auxilio y Remolque de Urgencia en la vía pública" cuando el vehículo no se pueda mover por sus propios medios por colisión, falla mecánica, pichadura de cubierta, etc. Éste servicio tendrá prioridad sobre cualquier otro.
- El traslado de los vehículos se hará hasta la dirección indicada por el socio.

17º artículo: La Institución no se responsabiliza en ningún caso de los enseres, accesorios, efectos personales, herramientas y otros artículos que el asociado haya dejado olvidado en el vehículo.

18º artículo: Si el socio que solicitó el auxilio pudo solucionar por sí mismo el inconveniente deberá comunicárlo a la central de auxilio, al efecto de evitar el inútil desplazamiento de la unidad móvil en perjuicio a la asistencia a otro asociado, si así no lo hiciere en tiempo y forma, será computado como un servicio realizado.
No se prestará el servicio a un vehículo que no está debidamente individualizado con su chapa o patente municipal.

 

Delegaciones y bases del TACPy para una mejor cobertura  y prestación de servicios a nuestros socios en el interior del país:

1. Encarnación: Avda. Caballero c/ Mcal. Estigarribia    
Tel: (071) 202-203

3. Villa Florida: Ruta 1 km, 156. Parador Tebycuari      
Tel: (083) 240-205

4. Cnel. Oviedo: Ruta Mcal. Estigarribia c/ Itaipú                
Tel: (0512) 203-350

5. Ciudad del Este: Avda. San Blas km.2                             
Tel: (061) 512-340

6. Pozo Colorado: Ruta Transchaco  km 270- Estación de Servicio PETROBRAS
Tel: (0981) 939-611

7. San Estanislao: Ruta 3 km, 156 – Estación de Servicio PETROBRAS
Tel: (0981) 534-272

8. Yby Yaú: Ruta 3 km, 356- Estación de Servicio PETROBRAS
Tel: (0985) 846-308 

 

PARA MÁS INFORMACIÓN
COMUNÍQUESE AL (021) 210 550 R.A
int. 122 -137 -138 -220
DPTO. DE AUXILIO Y REMOLQUE.